Educación inclusiva y ajustes razonables.


Esta es la oferta educativa mediante la cual los estudiantes con necesidades especiales asisten a instituciones educativas regulares y comparten un mismo entorno y conjunto de experiencias con otros estudiantes en todo momento, dentro y fuera del aula de clases. La educación inclusiva hace el aula regular, al igual que los contenidos impartidos y las experiencias colectivas, accesibles a todo tipo de estudiantes. Para ello, transforma el aula regular, por medio de ajustes razonables necesarios para que todos y todas puedan ser estudiantes activos dentro del aula.

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con necesidades especiales (CDPD), establece en el artículo 24, la obligación expresa de garantizar el derecho a la educación de las personas con necesidades especiales en aulas regulares, que deberán transformarse en aulas accesibles por medio de los ajustes razonables necesarios. La educación inclusiva, a partir de la CDPD, prohíbe las prácticas discriminatorias, promueve la valoración de la diferencia, acoge la pluralidad y garantiza la igualdad de oportunidades a todos los niños con necesidades especiales (CEJIL, 2009)

Se reconoce que la educación inclusiva o, como se denominó en la Carta de Luxemburgo de 1996, Una escuela para todos, proporciona una sólida base para garantizar la igualdad de oportunidades al educando que presenta diversos tipos de necesidades en todas las facetas de su vida (educación, formación profesional, empleo y vida social). Una de las principales aseveraciones ha servido para la redacción de este texto: “La educación inclusiva requiere sistemas educativos flexibles que den respuesta a las diversas necesidades de cada alumno (www.european-agency.org/sites/default/files/key-principles-ES.pdf – Principios fundamentales para la promoción de la calidad de la educación inclusiva Recomendaciones a responsables políticos. Agencia Europea para el Desarrollo de la Educación del Alumnado con Necesidades Educativas Especiales).

La educación inclusiva, la cual es un enfoque educativo basado en la valoración de la diversidad como elemento enriquecedor del proceso de enseñanza y aprendizaje. El concepto de educación inclusiva es más amplio que el de integración y parte de un supuesto diferente.

La educación inclusiva implica que todos los niños y niñas de una determinada comunidad aprendan juntos independientemente de sus condiciones personales, sociales o culturales, incluidos aquellos que presentan necesidades especiales. Se trata de una escuela que no pone mecanismos de selección o discriminación de ningún tipo, para hacer realmente efectivos los derechos a la educación, a la igualdad de oportunidades y a la participación. En la escuela inclusiva todos los alumnos se benefician de una enseñanza adaptada a sus necesidades y no sólo los que presentan necesidades educativas especiales. (http://www.espaciologopedico.com/recursos/glosariodet.php?Id=431)

Para Gordon L. Porter la educación inclusiva significa que los niños con necesidades especiales son educados en aulas de clase con sus pares de edad, en las instituciones de su comunidad o vecindario. En otras palabras, ellos van al mismo colegio al que irían sus hermanos. Se les provee acceso a las mismas oportunidades de aprendizaje como a cualquier otro niño, y reciben un apoyo para que puedan cumplir metas individuales relevantes. (Reformar los colegios, haciéndolos incluyentes Algunos pensamientos para la acción y la reflexión. Gordon L. Porter  – http://www.mineducacion.gov.co/1621/article-150541.html)

Graciela Maldonado. Docente de apoyo en el Colegio Salitre Suba. Profesional de educación especial y con un diplomado en inclusión en la universidad Nacional, que “no creía en la inclusión. Creía que si el docente regular no aceptaba a un niño que no estuviera dentro del parámetro de lo normal no era posible incluir a una persona con necesidades especiales en el aula regular. Me he llevado gratas sorpresas con varios docentes. Se ven los resultados. El compromiso de los papas (de los estudiantes con necesidades especiales) es fundamental”.

Del mismo modo, el desarrollo de la escuela inclusiva va mano a mano con las políticas de educación que son comprehensivamente participativas. Implica una apreciación positiva de la diferencia. La educación inclusiva, así como el proceso de democracia deliberativa no es solo un asunto de encontrarse presente, sino de tener dicha presencia reconocida tanto diferente como igual al mismo tiempo. Diferente en características, igual en derechos y oportunidades. Para lograr este objetivo es necesario que se garanticen los ajustes razonables necesarios. (Democracy, inclusive schooling and the politics of education. David Halpin).

La educación inclusiva posibilita a los niños, niñas, jóvenes y adultos de una comunidad, compartir los espacios de los hermanos, padres, vecinos. El educarse con todos les permite estar con todos en otros espacios sociales, económicos y culturales. “Si los educáramos segregada mente les limitamos ese derecho a interactuar con otros” Fulvia Cedeño. Asesora del Ministerio de Educación Nacional. Entrevista de noviembre 2 de 2010

Para que la oferta educativa para las personas con necesidades especiales sea inclusiva, es necesario la existencia de una serie de ajustes razonables, con el fin de que la educación sea pertinente y accesible, entre los cuales se encuentran (Alejandra Cardona Acebedo. Ob cit. Páginas 30-52).

Currículo Inclusivo. El currículo abarca todas las experiencias de aprendizaje disponibles para los estudiantes en sus escuelas así como en sus comunidades. En él se planifican, principalmente, las oportunidades de enseñanza y aprendizaje disponibles a nivel del aula ordinaria, es decir, el currículo “formal” de las escuelas.

La institución educativa debe ofrecer para los estudiantes con necesidades especiales, un currículo flexible en relación a los logros y métodos, pero contemplar en la medida de lo posible los mismos contenidos para evitar que reciban una educación de menor calidad que los estudiantes sin necesidades especiales.

 Docente directo. Lo primero que hay que tener en cuenta cuando se habla de docentes inclusivos, es asegurarse que todos los maestros, sin excepción alguna, tengan algún grado de conocimiento acerca de los enfoques inclusivos. Lo anterior implica que dichos enfoques hagan parte de la formación inicial que recibe el educador y que por tanto la problemática dé la respuesta a la diversidad, que esta sea incorporada en los cursos que reciben aquellos que aspiran a ser maestros de la educación regular.

 Docente Formador. Una estrategia interesante para los maestros que están cambiando su enfoque educativo a uno más inclusivo puede ser pasando algún tiempo trabajando en contextos inclusivos al lado de maestros ya experimentados en el tema. En este sentido, los docentes formadores son expertos en educación inclusiva que asumen roles de facilitación con los docentes directos en la elaboración de metodologías y prácticas inclusivas dentro del aula.

Intérpretes y guías-intérpretes. Constituyen el tipo de apoyo humano calificado más conocido e implementado. De acuerdo con Morgan estos servicios comenzaron como apoyos de interpretación a lengua de señas para las personas sordas, y poco a poco fueron expandiendo sus servicios para las personas que presentaban como necesidades especiales la sordo ceguera. El apoyo que brindan los intérpretes o guías-intérpretes se enmarca al interior de las siguientes características: (MORGAN, Susanne- (2001). What’s my role? A comparison of the responsibility of interpreters, interveners and support service providers. En: Deaf-Blind Perspectives Volume 9, Issue 1 Fall 2001)

  • Traducen de un lenguaje o de un sistema comunicativo a otro, por ejemplo, del lenguaje oral a la lengua de señas y viceversa.
  • Apoyan a personas sordo ciegas de todas las edades y en una gran gama de sistemas y mecanismos de comunicación.
  • Suelen haber tenido un entrenamiento especial, y en algunos casos y lugares es una profesión reconocida que implica una certificación de sus calidades y cualidades.
  • Suelen tener un estricto y claro código de ética.
  • Suelen pertenecer a asociaciones u organizaciones regionales, nacionales e internacionales.
  • Su apoyo puede darse en múltiples contextos, por ejemplo: educativos, de salud, religiosos y sociales en general.
  • Suelen generar costos independientes, sea que asuman por parte de la persona sordo ciega o cualquier tipo de institución pública o privada.
  • Deben permanecer imparciales todo el tiempo.
  • Deben mantener la confidencialidad de toda la información.
  • Nunca deben manifestar opiniones personales, su función es siempre de medio y posibilitador de la comunicación, orientación y movilización.

 Los intervinientes. A diferencia de los intérpretes y guías-intérpretes los intervinientes son personal capacitado que actúan entre el niño o niña con necesidades especiales sensorial y el entorno, permitiendo acceder a la información que usualmente se adquiere a través de los sentidos de la visión y de la audición.

Ref.: Universidad de los andes Facultad de derecho Bogotá D.C

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Acerca de Lic AUS Prof Jorge Luis Prioretti

Licenciado en Organizaciones sociales y culturales - USAL. Analista universitario en sistemas - UTN. Profesor Sup. Filosofía y Cs. Educación.
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